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| La Justicia falla a favor de empleado municipal |
| Jueves 02 de Febrero de 2012 16:54 - 2910 Lecturas. |
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La Cámara Laboral de Bariloche hizo lugar a la presentación de un empleado de la Municipalidad de Bariloche que reclamó sus beneficios a la hora de jubilarse. El fallo señala que el gobierno municipal pretendía hacer retroceder el reclamo -como si fueran casilleros del juego de la oca- y obligó a pagar. La Cámara Laboral de Bariloche hizo lugar a una nueva presentación efectuada por un empleado de la Municipalidad de Bariloche que reclamó el beneficio del artículo 38 del Estatuto del Empleado Municipal al jubilarse. El artículo 38º del estatuto aprobado por ordenanza en el año 1988 establece que el obrero y empleado que se jubile tendrá una bonificación de acuerdo a los años de antiguedad. Con un mínimo de 10 años de antigüedad tendrán 10 sueldos de categoría 16; de 11 a 20 serán 10 sueldos de categoría 19 y de 21 años de antigüedad en adelante, 10 de categoría 22. En este caso, según informó el Poder Judicial, el trabajador prestó servicios hasta el 1º de enero de 2011, fecha en que cesó su actividad laboral para jubilarse. La presentación judicial reclama el cumplimiento del pago de la bonificación previstas por el inciso c del artículo mencionado y correspondiente a la mayor antiguedad. |






